¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?
La primordial cuestión que diferencia un despido proveniente de uno improcedente o bien nulo es que el primero cumple con los requisitos legales y los segundos no.
En todo caso va a ser un juez quien determine la procedencia, improcedencia o bien nulidad del despido.
Un despido procedente se genera cuando el empresario decide unilateralmente extinguir el contrato de trabajo por causas justificadas y cumpliendo con las formalidades legales.
El Paro en un despido procedente
También es llamado despido disciplinario paro
Este tipo de despido no incluye ningún tipo de indemnización, pero si al finiquito correspondiente y el derecho al paro.
El despido procedente paro tiene, acceso a la prestación de desempleo o como se llama comúnmente el paro, este no depende de que el despido sea considerado procedente o bien no, sino en todo caso el trabajador despedido está en su derecho a acceder al desempleo, siempre y cuando cumpla el resto requisitos demandados para percibir la prestación pertinente.
También se debe considerar que si, tras dictarse una Sentencia judicial declarándose que es un despido improcedente, se debe readmitir al trabajador/a en su puesto de Trabajo, por ello a deber restituirse al SEPE lo percibido en término de prestación desde el despido y hasta la readmisión.
Aunque, la compañía va a deber abonar al trabajador los sueldos dejados de percibir a lo largo de ese periodo (sueldos de tramitación), con lo que en la práctica va a haber una compensación con la prestación de desempleo y un excedente en favor del trabajador puesto que generalmente el sueldo es superior a la prestación por desempleo.